Ordenança de prestació de Serveis funeraris
Consulta pública prèvia per a la modificació de l'Ordenança de prestació de Serveis funeraris
Régimen sancionador de las empresas de servicios funerarios
En referencia a la revocación y suspensión de las autorizaciones motivada por una sanción, exigiría que durante un plazo de 7 años (y no de 3 como hasta ahora) no pudiesen obtener una nueva autorización.
Además, el importe de la sanción de tipo muy grave, la elevaría de 120.000 € (situación actual) a 500.000 €.
A más a más, exigiría simultáneamente y no opcional como hasta ahora, pagar el importe de la sanción y además la suspensión de la autorización.
El importe de la sanción actual equivale a un 10,65 % de la facturación anual mínima . Sobrevalorándose este porcentaje debido a que he calculado este importe de facturación escogiendo la tarifa más básica que ofrecen 1156 €/ entierro.
He estimado 975 defunciones al año, que es la cifra de defunciones que ha habido en Mataró en el año 2019.
Denuncia un problema
Aquest contingut no és apropiat?
Compartir: